¿Qué sucede en una cuenta bancaria si tiene dos titulares y uno fallece?

cuenta

Es dependiente del poder que tengan todos los sucesos de la cuenta. Si hablamos de una cuenta conjunta o mancomunidad con numerosos sucesos, ninguno de ellos puede contar con libremente del dinero a no ser de que los herederos del fallecido expresen lo opuesto. En tanto que en las tienes numerosos sucesos indistintas, el resto va a poder tener la parte proporcional de los fondos a su antojo.

📌 Menú Rápido
  1. Qué pasa si el titular de la cuenta fallece
  2. Diferencias entre el titular y un individuo autorizada
  3. ¿Titular o autorizado?
    1. Titular
    2. Autorizado
    3. Varios titulares
    4. ¿Un autorizado puede sacar dinero de la cuenta de un fallecido?
  4. Problemas de titularidad
  5. Cuándo es favorable tener bastante más de un titular o autorizado
    1. El titular no puede proceder a la oficina
    2. El titular es menor de edad
    3. Varias personas requieren acceso
  6. Deberes fiscales del titular o autorizado
  7. Añadir titulares

Qué pasa si el titular de la cuenta fallece

Es cada vez más habitual que la gente superiores estén acompañadas en las cuentas, asi sea con otro titular o un autorizado. Una de las inquietudes más recurrentes es que sucede con el dinero de esa cuenta cuando el titular fallece.

Suponiendo que la tiene numerosos sucesos fuera indistinta, el resto puede entrar y usar la parte proporcional del dinero libremente. Oséa, si una cuenta tiene tres sucesos y uno fallece, los otros dos podrían tener ingreso a una tercer parte de los fondos cada uno.

En el caso de ser autorizado, desde el instante del fallecimiento no va a poder tener ese dinero. Oséa, no va a poder sacar los fondos de la cuenta.

Y si hablamos de una cuenta conjunta, para desbloquear el dinero, es el cotitular el que debe reportar al banco de lo que pasó y enseñar la documentación pertinente para acreditar la defunción del titular y seguir a cambiar el tipo de cuenta bancaria.

El cotitular debe enseñar en el banco la siguiente documentación:

  • Certificado de defunción
  • Certificado de Últimas Voluntades
  • Copia del testamento

En la situacion de que necesites acreditar que eres el dueño, aquí te enseñamos cómo soliciar el certificado de titularidad bancaria.

Hasta que no se abra y apruebe el testamento el dinero permanece negado. Desde ese instante, cuando el dinero de la persona que ha fallecido se haya otorgado a los herederos, el cotitular va a pasar a tener la potestad de la cuenta bancaria o va a poder cambiarla de manera directa y abrir otra novedosa.

Diferencias entre el titular y un individuo autorizada

Abrir una cuenta de ahorros es una acción diaria que todos hicimos en algún momento en la vida, a lo mejor bastante más de una. Pero, en el momento de llevarlo a cabo, algo que no se acostumbra suponer y que deberíamos llevar a cabo es si queremos abrir la cuenta nosotros solos o con alguien más.

Y, suponiendo que la abramos con alguien, en calidad de qué podría estar esta segunda persona. Habría que elegir si tiene los mismos derechos sobre nuestro dinero que nosotros o no. Además se puede ofrecer la situacion de que deseamos abrir una cuenta conjunta con una o numerosas personas más. En ese caso, ¿cómo deberíamos llevarlo a cabo y en qué posición estaríamos cada uno?

Hay varios puntos de abrir una cuenta que no conocemos. Para tener certeza de cuál es la preferible alternativa en cada caso, lo destacado es que sigamos leyendo y estemos muy alerta a todas las configuraciones que estamos.

¿Titular o autorizado?

En el momento de abrir una cuenta hay dos términos que sobresalen por arriba de los otros y con los que deberíamos estar muy familiarizados: titular y autorizado. Los dos aparecen en la cuenta y pueden entrar al dinero, pero no tienen los mismos poderes.

Titular

Es el dueño del dinero y, por consiguiente, el que la abre y firma el contrato con la entidad. Va a poder tener los fondos como desee, anular o contratar servicios asociados a esa cuenta (como tarjetas) y también cerrar la cuenta. Además, va a ser la persona responsable de las deudas o impagos asociados a la cuenta. Además, va a ser además el beneficiario de algún retribución que genere su cuenta o fondo bancario.

Autorizado

El autorizado es la persona a la que el titular permite para operar en su cuenta. Va a poder sacar efectivo, llevar a cabo transacciones o firmar talones. Pero no va a poder realizar ninguna acción que conlleve una firma de documentos ni cambiar de ninguna forma el contrato que existe asociado a la cuenta del titular. El titular va a poder desautorizar a esta persona cualquier ocasión.

Varios titulares

Existe la oportunidad de tener numerosos sucesos en una sola cuenta. Es favorable entender que hay rangos de titularidad, por los que no todos los sucesos van a tener los mismos derechos sobre la cuenta ni van a poder tener los fondos de igual forma:

Titulares indistintos

En esta situación los sucesos tienen el mismo derecho de actuación sobre la cuenta. Van a poder tener los fondos según quieran sin obligación de tener autorización de los otros sucesos.

Titulares conjuntos o mancomunidad

 Esta clase de titularidad establece que cada titular tendrá que tener la autorización de los otros sucesos para hacer cualquier clase de operación.

Titulares inferiores

Según esta titularidad se establecen rangos. El titular de primer rango no va a necesitar autorización de nadie; no obstante, el resto de los sucesos tendrán tener la autorización de todos los que estén en un rango superior. Entre otras cosas, un titular de tercer rango debería tener la autorización del de segundo y de primer rango.

¿Un autorizado puede sacar dinero de la cuenta de un fallecido?

No. La gente autorizadas en una cuenta bancaria pierden esta condición si el titular fallece. En la costumbre, no tienen la posibilidad de sacar dinero de la cuenta y, en la situacion de llevarlo a cabo, se combaten a multas y penas de carcel. Precisamente, si un individuo autorizada saca dinero de una cuenta de un individuo que ha fallecido y no tiene la autorización de todos los herederos, se enfrenta a un delito de apropiación indebida. Costumbre que está penada con entre 6 meses y 3 años de prisión.

A esta condena, el autorizado se podría confrontar a otras sanciones económicas por no llevar a cabo en oposición al pago del Impuesto de Sucesiones.

Problemas de titularidad

Más allá de que, supuestamente, la titularidad piensa ser dueño de los fondos de una cuenta bancaria, el Tribunal Supremo ha dictado en múltiples oportunidades en oposición a eso.

Esto es principalmente complicado en el momento de abrir una tiene numerosos sucesos, ya que, constar como titular no garantiza que ese dinero te pertenezca. En el momento de abrir una tiene bastante más de un titular conviene detallar por escrito todo lo relativo al origen y propiedad del dinero y algún otro acuerdo al que se haya llegado con los otros sucesos.

Cuándo es favorable tener bastante más de un titular o autorizado

Existen varios niveles en los que tener numerosos sucesos o autorizados puede ser bueno.

El titular no puede proceder a la oficina

Si el titular de la cuenta no puede, asi sea por estar lejos o impedido, o no quiere hacer los trámites en su oficina, puede denominar un titular que haga todas las operaciones primordiales en su lugar. Eso sí, si en algún instante es requisito cambiar el contrato, pedir nuevos servicios o anular alguno que ya se poseía, el autorizado no va a poder llevarlo a cabo.

El titular es menor de edad

Si el titular es individuo que aún no ha alcanzado la edad adulta es requisito denominar un autorizado que gestione la cuenta hasta que este cumpla la mayor parte de edad.

Varias personas requieren acceso

En la situacion de un matrimonio, una red social de vecinos o una propiedad colectiva, puede a ser servible abrir una tiene numerosos sucesos que logren encargarse de las gestiones.

Deberes fiscales del titular o autorizado

Los sucesos están obligados a declarar las retribuciones de la misma. Entonces, de haber bastante más de un titular, todos ellos tendrán declarar los provecho generados por esa cuenta. De la misma manera, todos ellos van a ser imputables en caso de no llevarlo a cabo.

Además, los autorizados no tienen ninguna obligación fiscal de esta clase.

Añadir titulares

Si ya poseemos una cuenta bancaria y queremos agregar un nuevo titular deberemos llevarlo a cabo en los primeros 90 días tras la apertura. De lo opuesto no tendremos la posibilidad de agregar un nuevo titular.

Si nos encontramos dentro del tiempo permitido, para agregar otro titular deberemos personarnos en el banco con el DNI o NIE de cada uno y hacer el trámite. Es considerable que todos los comprometidos vayan, ya que, para que el trámite se haga de manera correcta, tendrán firmar todos los apasionados.

En la situacion de querer agregar un autorizado, no vamos a tener tiempo limitado para llevarlo a cabo. Bastaría con dar una autorización firmada por los sucesos y autorizados (incluida la persona que deseamos que figure) y el DNI o NIE del nuevo autorizado.

 

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